Desde el inicio de la situación excepcional motivada por la evolución del COVID 19, se han tomado medidas que han tratado de conciliar, por un lado, el cumplimiento de las exigencias de salud pública, y por otro, la preservación de los derechos de los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo.
Ante las limitaciones de movilidad de las personas y el cierre al público de las oficinas de prestaciones, se han adoptado actuaciones destinadas a dar atención a una demanda creciente:
Envíe este formulario de pre-solicitud solo si ha finalizado su contrato o le han despedido, no lo haga si está usted en un erte.
No enviar si ya ha solicitado cita previa o ha presentado su solicitud en el sepe por otro canal.
Son las empresas que han presentado un ERTE por dichas causas las que harán la solicitud colectiva de las prestaciones por desempleo en nombre de los trabajadores afectados por el mismo ante el SEPE.
Desde aquí puede acceder a la Información sobre el procedimiento de solicitud por parte de las empresas
De la misma manera, en coordinación con los Servicios Públicos de Empleo en el seno del Sistema Nacional de Empleo, se viene trabajando en la flexibilización de los procedimientos de gestión, facilitando la inscripción de la demanda de empleo.
Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo, durante este período su demanda permanecerá en alta sin necesidad de acudir a su Oficina a renovarla.
Para información sobre la demanda de empleo, debe atender a las medidas excepcionales tomadas por cada Servicio Público de Empleo Autonómico.
Se han adoptado igualmente medidas en el ámbito de competencias del SEPE:
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